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Situación en materia de alquileres después del DNU 320/20 y sus prorrogas

¿Sabías que finalizó el DNU de los alquileres? En esta nota te respondemos algunas dudas:
  • Vencimiento
El pasado 31 de Marzo venció el DNU 320/20 (el que suspendía los desalojos y congelaba los alquileres. A partir de ese momento los inquilinos tienen que pagar las diferencias acumuladas que no fueron abonadas, lo que podrán realizar en cuotas.
  • ¿El ajuste que estaba previsto y no se aplicó habrá que pagarlo?
Sí, la diferencia entre el monto pactado y el que correspondía pagar por el congelamiento deberá ser abonada en al menos tres cuotas o, como máximo doce cuotas mensuales, iguales y consecutivas. Pudiéndose aplicarse intereses compensatorios. La primera de esas cuotas deberá pagarse en abril de 2021.
  • ¿Qué pasa si no pague el alquiler durante la vigencia del decreto?
El decreto no suspendió el pago de alquileres. Quién no haya abonado los alquileres deberá saldar la deuda que podrán ser actualizadas con un intereses compensatorio que no podrán exceder la tasa de interés de plazos fijos que paga el BNA.
  • ¿Puede haber desalojo si no se paga el alquiler?
Los desalojos por falta de pago entraron en vigencia a partir del 1 de abril 2021. Aplicara para todos los casos de incumplimientos de las obligaciones contractuales, entre las que se encuentran la falta de pago de los alquileres o falta de refinanciación de las sumas adeudadas durante la vigencia del DNU 320/20 y sus prorrogas.
  • Protocolo Nacional de Alerta Temprana de Desalojos de Vivienda Única y Familiar en Regímenes de Alquileres Formales”.
A través de la Resolución 5/2021, que fue publicada el 31 de marzo en el Boletín Oficial, se aprobó el “Protocolo Nacional de Alerta Temprana de Desalojos de Vivienda Única y Familiar en Regímenes de Alquileres Formales”. Este nuevo protocolo tiene por objetivo “sistematizar” toda la información y desarrollar un registro de la población en riesgo de perder su vivienda, y de esa forma aportarán distintos tipos de soluciones, ya sea subsidios, créditos o el acceso a una residencia alternativa. Será para alquileres de vivienda única y que estén registrados formalmente.

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